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martes, 5 de enero de 2010

El Derecho Presupuestal




1. EL PRESUPUESTO:

Es un instrumento de gestión del Estado que contiene la previsión de los ingresos y gastos del Sector Público para un ejercicio anual determinado. El presupuesto comprende los objetivos y metas programados, así como los objetivos y metas, y la correspondiente asignación de recursos para su oportuna ejecución.

El presupuesto se aprueba mediante una ley, ahora bien se discute en la doctrina si esta ley es una ley formal o una ley material.

Para la mayor parte de los estudios la ley del presupuesto no contiene ninguna norma jurídica, sino que es un simple acto administrativo bajo la apariencia de ley, y que no es más que un plan contable o un programa financiero elaborado por el Ejecutivo.

Los fondos públicos se dividen en el presupuesto de la siguiente manera:

- Ingresos Corrientes.- Que comprende a los recursos provenientes de tributos, venta de bienes, prestación de servicios, rentas de la propiedad, multas, sanciones y otros Ingresos Corrientes.

- Ingresos de Capital.- Agrupa a los recursos provenientes de la venta de activos ) inmuebles, terrenos, maquinaria, etc. ) las amortizaciones por préstamos concedidos, venta de acciones del Estado en Empresas, y otros Ingresos de Capital.

- Transferencias.- Comprenden los recursos sin contraprestación y no reembolso provenientes de entidades, de personas naturales o jurídicas, así como de otros gobiernos.

- Financiamiento.- Agrupa a los recursos provenientes de operaciones oficiales de crédito interno y externo, así como los saldos de balance de los ejercicios fiscales anteriores.

Los gastos públicos son las erogaciones que por concepto de gasto corriente, gastos de capital y servicios de deuda, realizan las Entidades con cargo a los créditos presupuestarios aprobados en los presupuestos respectivo para ser orientados a la atención de la prestación de los servicios públicos y acciones desarrolladas por las entidades de conformidad con sus funciones y objetivos institucionales.

Los gastos públicos pueden clasificarse de la siguiente manera:

a) Clasificación Institucional.- Agrupa a las entidades que cuentan con créditos presupuestarios aprobados en sus respectivos presupuestos institucionales.

b) Clasificación Funcional Programática.- Agrupa los créditos presupuestarios desagregados en funciones, programas, y sub programas.

c) Clasificación Económica.- Agrupa a los créditos presupuestarios por gasto corriente, gastos de capital y servicios de la deuda, separándolos por Categoría del Gasto, Grupo Genérico de Gasto, Modalidad de Aplicación, y Especificación del Gasto.

d) Clasificación económica.- Agrupa los créditos presupuestarios de acuerdo a al ámbito geográfico donde está prevista la dotación presupuestal y la meta a nivel de Región, Departamento, Provincia y Distrito.

El presupuesto comprende

Estructura del está compuesto de la siguiente manera:

a) Gobierno Central.- Está comprendido por los créditos presupuestarios asignados para el gobierno nacional representativo de los órganos legislativo, ejecutivo y judicial, y sus respectivas instituciones públicas descentralizadas.

También están comprendidos dentro del gobierno nacional en calidad de pliegos: el Ministerio Público, Jurado Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales, Registro Nacional de Identificación Estado Civil, Consejo Nacional de la Magistratura, Defensoría del Pueblo, Contraloría General de la República, Tribunal Constitucional, universidades públicas, los organismos reguladores, recaudadores y supervisores; y demás entidades que cuenten con crédito presupuestario en la Ley del Presupuesto del Sector Público.

b) Instancias descentralizadas.- Comprenden las transferencias a los pliegos representativos de los niveles de gobierno regional y gobierno local.

2. PRINCIPIOS DEL PRESUPUESTO:

El presupuesto está regulado por diversos y variados principios los mismos que cumplen un rol informador del derecho presupuestal, entre ellos tenemos los siguientes:

a) EQUILIBRIO.- Este principio persigue que el presupuesto sea equilibrado entre la previsible evolución de los ingresos y recursos a asignar, con los gastos públicos. Este principio excluye la posibilidad de incluir gastos sin el financiamiento correspondiente.

b) EQUILIBRIO MACROFISCAL.- Persigue que la preparación, aprobación y ejecución de los presupuestos de las entidades preserven la estabilidad conforme al marco de equilibrio macrofiscal.

c) ESPECIALIDAD CUANTITATIVA.- También se le conoce como especificación del gasto y se refiere a que toda disposición de gastos públicos debe cuantificar su efecto sobre el presupuesto, de modo que se sujete en forma estricta al crédito presupuestal asignando a cada entidad.

d) ESPECIALIDAD CUALITATIVA.- Persigue que los créditos presupuestarios aprobados para las entidades de destinen exclusivamente a la finalidad para la que hayan sido autorizados por los presupuestos institucionales respectivos.

e) UNIVERSALIDAD Y UNIDAD.- Todos los ingresos y gastos del sector público, así como todos los presupuestos de las entidades que lo comprenden, deben estar contenidas en un solo documento.

f) NO AFECTACIÓN PREDETERMINADA.- Persigue que todos los fondos públicos de cada una de las entidades se destinen a financiar el conjunto de los gastos públicos.

g) INTEGRIDAD.- Los ingresos y los gastos deben registrarse en los presupuestos por su importe total, salvo las devoluciones de ingresos que se declaren indebidos.

h) INFORMACIÓN y ESPECIFICIDAD.- El presupuesto deben contener información suficiente y adecuada para efectuar la evaluación y seguimiento de los objetivos y metas.

i) ANUALIDAD.- Este presupuesto persigue que el presupuesto del sector público tenga vigencia anual y debe coincidir con el inicio y término del año calendario sin importar la fecha de ingreso o gasto. Durante el periodo mencionado deben de efectuarse la recaudación de los ingresos y ejecutar el gasto de acuerdo a los objetivos y metas.

j) EFICIENCIA.- Persigue que las políticas de gasto público vinculadas a los fines del Estado deben establecerse tiendo en cuenta la situación económica – financiera, y el cumplimiento de los objetivos de estabilidad macro fiscal siendo orientada a la resultados con eficiencia, eficacia, economía y calidad.

k) CENTRALIZACIÓN NORMATIVA y DESCENTRALIZACIÓN OPERATIVA.- Se refiere a que el sistema nacional de presupuesto se regula de manera descentralizada en lo técnico normativo, correspondiendo a las entidades el desarrollo del proceso presupuestario.

l) TRANSPARENCIA PRESUPUESTAL.- El proceso de asignación y ejecución de los fondos públicos deben seguir los criterios de transparencia en la gestión presupuestal, difundiendo o difundiendo la información necesaria conforma a la normatividad de la materia.

3. FORMULACION DEL PROCESO PRESUPUESTARIO:

El presupuesto no es un instrumento que surge por generación espontánea, tiene un proceso para su elaboración y presenta etapas bien marcadas, estas etapas son:

a) PROGRAMACIÓN.- El Ministerio de Economía y Finanzas a propuesta de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, plantea anualmente al Consejo de Ministros, los límites de los créditos presupuestarios que corresponderá a cada entidad que se financien total o parcialmente con los fondos del tesoro público para su aprobación.

b) FORMULACION.- En esta fase de determina la estructura funcional programática del pliego la cual debe reflejar los objetivos institucionales debiendo estar diseñada a partir de las categorías presupuestarias consideradas en el clasificador presupuestario respectivo. En esta etapa se consignan las cadenas de gastos y las respectivas fuentes de financiamiento.

c) APROBACIÓN.- El presupuesto se aprueba por el Congreso de la República a mas tardar el 31 de diciembre del año anterior al de su vigencia.

d) EJECUCIÓN.- Es la fase de la percepción de los ingresos y aplicación de los gastos, esta etapa presenta la ejecución del los fondos públicos, y la ejecución del gasto público.

La ejecución de los fondos públicos se realiza mediante tres acciones:

- La Estimación, que es el cálculo o proyección de los ingresos que por todo concepto se espera alcanzar durante un año fiscal.

- La Determinación.- Es el acto por el que se establece o identifica con precisión el concepto, el monto , la oportunidad y la persona natural o jurídica, que debe efectuar un pago o desembolso a favor de una entidad.

- La Percepción.- Es el momento en que se produce la recaudación, captación u obtención efectiva del ingreso.

La ejecución de los gastos públicos se realiza mediante tres acciones:

- El Compromiso.- Es el acto mediante el cual se acuerda, la realización de gastos previamente aprobados, por un importe determinado o determinable, afectando total o parcialmente los créditos presupuestarios en el marco del presupuesto aprobado. El compromiso se efectúa con posterioridad a la generación de las obligaciones nacidas de acuerdo a la Ley, Contrato o Convenio, el compromiso debe afectarse a la correspondiente cadena del gasto, reduciendo su importe del saldo disponible del crédito presupuestario, a través del respectivo documento oficial.

- El Devengado.- Es el acto que se reconoce una obligación de pago, derivado de un gasto aprobado y comprometido, que se produce previa acreditación documental ante el órgano competente de la realización de la prestación o el derecho del acreedor. El reconocimiento de la obligación debe afectarse al Presupuesto.

- El Pago.- Es el acto por el cual se satisface una acreencia,y se extingue total o parcialmente el monto de una obligación reconocida la que se formaliza mediante el documento oficial correspondiente. Comprende la deuda principal así como los intereses devengados.

e) EVALUACIÓN.- Es la etapa de la medición de los resultados obtenidos y el análisis de las variaciones físicas y financieras observadas en relación a lo aprobado en el presupuesto respectivo.

Las evaluaciones del MEF se realizan en forma trimestral, la evaluación de la entidades se realiza en forma semestral sobre los siguientes aspectos:

- El logro de los Objetivos institucionales a través del cumplimiento de las Metas Presupuestarias.

- La ejecución de los Ingresos, Gastos y Metas Presupuestarias.

- Avances financieros y metas físicas.

La evaluación del MEF se realiza dentro de los días siguientes de cada trimestre; la evaluación de las entidades se realiza a los 45 días del semestre correspondiente.
f) CONTROL.-

4. ..


a) EXCLUSIVIDAD PRESUPUESTAL.- Se refiere a que la ley del presupuesto del sector público deben contener normas de orden presupuestal, y no de otra naturaleza.

b) PROGRAMACIÓN.- El proceso presupuestario debe apoyarse en los resultados de ejercicios anteriores y tomar en cuenta los ejercicios futuros.

























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